TÉRMINOS Y CONDICIONES
SEGURO TICKET PROTEGIDO AVANZADO
Por favor lee atentamente las siguientes condiciones que regulan el uso del producto “Ticket Protegido” cuyo riesgo, es cubierto por MetLife Chile Seguros Generales S.A., RUT 76.328.793-9, con domicilio en con domicilio Avenida Apoquindo N°2730, Torre 1, piso 18, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.
La póliza enviada por MetLife Chile Seguros Generales S.A., se encuentra regulada por la Condición General incorporada al depósito de pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero, bajo el POL N° 1 2023 0393, el que se puede encontrar en el sitio http://www.cmfchile.cl/institucional/mercados/deposito_polizas
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COBERTURA Y CAUSALES
La presente cobertura, tiene por objeto reembolsar al Asegurado el 100% del costo incurrido de los boletos, entradas u otro, en caso de que no haya podido hacer uso de los estos, debido a las causales que se indican a continuación, siempre que la cobertura se encuentre vigente y que los boletos, entradas u otro, no sean objeto de reembolso por parte del Contratante. No se considerará para efectos de esta cobertura el costo incurrido por los asegurados en la compra de productos de merchandising.
Las causales que imposibiliten al Asegurado de hacer uso de los boletos, entradas u otro, para las cuales operará esta cobertura, deberán ser acreditados por los medios que se indican para cada una de ellas, y son las siguientes:
- Hospitalización por Enfermedad o Accidente, siempre que el Asegurado haya estado hospitalizado en el período de 15 días previos a la fecha y hora en que debió hacer uso de los boletos, entradas u otro.
- Lesión del asegurado que implique una fractura de huesos, producida en el período de 30 días previos a la fecha y hora en que debió hacer uso de los boletos, entradas u otro, exceptuando fractura nasal y aquella fractura de huesos producida como consecuencia directa e inmediata de osteoporosis.
- Muerte Accidental del Asegurado previa a la fecha del evento y/o muerte del cónyuge, conviviente civil, pareja, hijos, padres o hermanos dentro de las 48 horas previas al evento.
- Cancelación del medio de transporte con destino a la ciudad del evento, que tenga como fecha de arribo máximo 3 días previos al evento y que imposibilite la asistencia. Este considera solo transportes comerciales sujetos a itinerario y ruta establecida de más de 300 KMS.
- Que el asegurado haya sido sometido a tratamiento o cirugías, en el período de 3 meses previos a la fecha y hora en que debió hacer uso de los boletos, entradas u otro, de alguna de las que se especifican a continuación:
- Accidente vascular cerebral. Cualquier incidente cerebrovascular que dé lugar a secuelas que duren más de veinticuatro (24) horas y que incluyan infarto del tejido cerebral, hemorragia y embolismo, todos de una fuente extra craneana. La evidencia del daño neurológico permanente deberá ser confirmada por un neurólogo, el cual debe certificar la imposibilidad de asistir al evento que da lugar el boleto, entrada u otro debido al Accidente vascular cerebral. No se considerarán dentro de la cobertura los síntomas cerebrales de migraña, lesión cerebral causada por un traumatismo o hipoxia y enfermedad vascular que afecte al ojo o al nervio óptico, y las alteraciones isquémicas del sistema vestibular.
- Infarto al miocardio, esto es, la muerte de una porción del músculo cardiaco, causada por irrigación inadecuada de la parte afectada y puesta de manifiesto por el típico dolor del pecho, la aparición de modificaciones electrocardiográficas que no existían (nuevas) y elevación de las enzimas cardiacas.
- Revascularización coronaria (by-pass): Comprende la que se realiza al menos a dos o más arterias coronarias, por consejo de un médico especialista en esta cirugía, para corregir la estenosis u oclusión de las arterias coronarias, pero quedan excluidas las técnicas no operatorias mediante cirugía, como la angioplastia, el tratamiento por láser o cualquier otro procedimiento no operatorio.
- Trasplante de órganos mayores: El que se realiza al asegurado como receptor del trasplante de un órgano que puede ser cualquiera de los siguientes: corazón, pulmón, hígado, riñón, médula ósea o páncreas, siempre y cuando el órgano del asegurado esté o haya estado lesionado o enfermo. La cobertura sólo comprende el trasplante de todo el órgano y no de fracciones o partes de éste, por lo que en el caso del páncreas se excluye el trasplante de Islotes de Langerhans. No estará cubierto el trasplante autólogo. Será requisito indispensable para el pago del beneficio que el asegurado notifique previamente y por escrito a la compañía aseguradora el hecho de ser definido como candidato a trasplante por la institución hospitalaria o reguladora correspondiente y antes que éste se realice. Una vez que la compañía ha sido notificada de este hecho sólo podrá poner término al contrato del asegurado que se encuentre en dicha situación si éste incurriere en alguna causal legal que así lo permita.
- Cirugía de válvulas cardiacas: La realizada por cirugía a corazón abierto para reemplazar o dilatar válvulas cardiacas, por defectos valvulares ocurridos con posterioridad al inicio de la vigencia de la póliza.
- Injerto aórtico: El realizado por enfermedad de la aorta que requiera la escisión de la misma y su reemplazo quirúrgico por un injerto. Para los propósitos de esta definición, aorta significa la porción torácica y la abdominal, pero no sus ramas.
- Angioplastia por balón: La angioplastia realizada por las técnicas de balón, láser o cualquier otra, para corregir estenosis importantes, cuando menos setenta por ciento (70%) de dos o más arterias coronarias, siempre que haya sido considerada como tratamiento necesario por un médico cardiólogo.
- Neurocirugía: Toda intervención quirúrgica del sistema nervioso central o periférico, lo que incluye el cerebro y otras estructuras inter craneales, la médula espinal y las vértebras y los vasos sanguíneos del cerebro.
- Insuficiencia renal crónica: La etapa final de la insuficiencia renal, por fallo funcional, crónico e irreversible de ambos riñones, que hace necesaria la diálisis renal sistemática o el trasplante renal.
- Cáncer: La presencia de uno o más tumores malignos, incluyendo entre ellos los diversos tipos de leucemia (excepto la leucemia linfocitico crónica) los linfomas y la enfermedad de Hodgkin; caracterizados por el crecimiento incontrolado, la diseminación de células malignas y la invasión y destrucción de tejidos normales. El diagnóstico deberá haber sido hecho por un médico oncólogo.
- Los siguientes cánceres no están cubiertos por la póliza:
- Tumores que presenten los cambios malignos característicos de carcinoma in situ (incluyendo la displasia cervical CIN-1, CIN-2 y CIN-3) o aquellos considerados por histología como premalignos;
- Melanomas con espesor menor de 1,5 mm, determinado por examen histológico, o cuando la invasión sea menor del nivel de Clark 3;
- Todas las hiperqueratosis o los carcinomas basocelulares de la piel;
- Todos los carcinomas de piel, células escamosas, excepto cuando se trate de diseminación de otros órganos;
- Sarcoma de Kaposi y otros tumores relacionados con la infección VIH o SIDA;
- Cánceres de la próstata que por histología pertenezcan a la etapa T1 del sistema TNM, desarrollado por la Unión Internacional contra el Cáncer (incluyendo T1 (a) o T1 (b) o de cualquier otra clasificación equivalente o menor).
- Los siguientes cánceres no están cubiertos por la póliza:
- Cuarentena por COVID, en el caso que el asegurado dé positivo por COVID, o sea contacto estrecho, durante los 5 días previos al evento, o el día del evento.
- Licencia médica El asegurado, un acompañante, o un familiar que no asiste al evento por encontrarse con licencia médica y/o desarrolla una condición médica, hasta 48 horas o menos, previas al evento.
- Accidente de tránsito o Cancelación o retraso del medio de transporte con destino a la ciudad del evento, que tenga como fecha de arribo máximo 31 días previas al evento y que imposibilite la asistencia.
- Inhabitabilidad de la vivienda: Si la casa del asegurado o acompañante queda inhabitable ya sea, por un desastre natural, incendio, inundación, robo o vandalismo ha causado suficiente daño. Incluye la pérdida prolongada de energía, gas o agua, para que una persona razonable encuentre un lugar inaccesible o no apto para su uso.
- Cesantía: en caso de que el asegurado o un acompañante quedará cesante posterior a la compra del ticket en un plazo de hasta 14 días previos al evento.
IMPORTANTE: La imposibilidad de asistir al evento por cualquier de estas causales deberá ser acreditada según lo que se establece en el artículo N° 12 de las Condiciones particulares contenidas en la póliza de seguro que llegará a su correo electrónico, enviada por MetLife Chile Seguros Generales S.A.
MONTO ASEGURADO:
El 100% del costo incurrido de los boletos, entrada u otro, en caso de que no haya podido hacer uso de los mismos, considerando cargos adicionales. No se considerará para efectos de esta cobertura el costo incurrido por los asegurados en la compra de productos de merchandising. Ticketmaster Chile SPA, informa que los tickets de cortesía y todo aquel que se obtenga mediante cobro de canjes no podrá ser objeto de seguros, debido a que el seguro solo opera sobre tickets efectivamente comprados.
En caso de comprar entradas a eventos con duración mayor a un día, se pagará la proporción del costo incurrido correspondiente a los días en que se vio imposibilitado de asistir.
Cada día del evento será considerado con la misma ponderación, pagándose lo mismo por cada día independiente de qué día sea y pagándose el 100% del costo incurrido solo en caso de no poder asistir ningún día.
Así mismo, las compras de abonos que comprenden la entrada a más de un evento, también se pagará proporcionalmente por los eventos a los que no se pudo asistir.
EXCLUSIONES
No se pagará el monto asegurado por esta póliza cuando la causa de inasistencia al evento se genera a consecuencia de alguna de las siguientes situaciones:
- Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u Operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra, así como tampoco ningún ejercicio o práctica de guerra.
- Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto inferidas, ya sea que el asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
- Prestación de servicios del asegurado en las Fuerzas Armadas o funciones policiales de cualquier tipo. Para todos los efectos de esta póliza las funciones de policía incluyen además las funciones de policía civil y gendarmería.
- La conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose bajo estado de ebriedad conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha de siniestro o bajo intoxicación o efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Dichos estados deberán acreditarse mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
- Negligencia o imprudencia o culpa grave del asegurado.
- Movimientos sísmicos desde el grado 8 inclusive en la escala de Mercalli, determinado por el Servicio Sismológico del Departamento de Centro Sismológico Nacional o del servicio que en el futuro lo reemplace.
- Viaje o vuelo en vehículo aéreo en un transporte no sujeto a itinerario, ni operado por una empresa de transporte aéreo comercial sobre una ruta establecida.
- Fractura de Huesos producida como consecuencia directa e inmediata de osteoporosis y/o fractura nasal.
- El evento es cambiado de fecha por la productora o por el vendedor de los boletos, entradas u otros, por cualquier razón (incluyendo mal tiempo).
- Riesgos nucleares.
- Padecimientos congénitos.
- Participación por el asegurado o beneficiario en cualquier acto calificado como delito, en calidad de autor, cómplice o encubridor.
- Riñas o alborotos populares en los que hubiere intervenido el asegurado.
- Las causales establecidas en el Condicionado Particular cuyo origen sea anterior a la fecha de vigencia individual del asegurado en la póliza.
“Este seguro no otorga cobertura en aquellos casos en que el asegurado o beneficiario (i) tenga residencia en un país sancionado, (ii) se encuentren incluidos en alguna de las listas o sanciones de las Naciones Unidas, de la Oficina del Tesoro de los EE.UU. (OFAC por sus siglas en inglés), como personas o países designados (Specially Designated Nationals List), y demás aplicables conforme a la legislación local, o (iii) no se reembolsarán gastos médicos por servicios prestados en cualquier país sancionado.”
PRIMA
La prima del seguro se expresará en UF, y corresponderá a un porcentaje del valor del boleto, entrada u otro a la que se asociará el seguro.
El importe de la prima se pagará de forma única a través del medio de pago seleccionado por el cliente al momento de comprar su boleto, entrada u otro en alguno de los canales de venta de Ticketmaster.
En caso de que el evento asociado al seguro contratado por el asegurado sea cancelado por la productora, Ticketmaster le devolverá al cliente el 100% del valor del seguro.
La prima se devengará hasta la fecha de ocurrencia del evento.
VIGENCIA DE LA COBERTURA INDIVIDUAL
Inicio de Vigencia. La vigencia de la cobertura individual del Asegurado Titular, comenzará a regir al momento de la contratación del seguro hasta la fecha en que tenga lugar el propósito para el cual se compraron los boletos, entradas u otro.
Terminación anticipada del Seguro. El Seguro terminará automáticamente en los siguientes casos:
-
- Ocurrido el evento asociado al seguro.
- Cancelación del evento asociado al seguro.
El asegurador, a su vez, podrá poner término al contrato, con expresión de causa, previo envío de comunicación al domicilio o correo electrónico del asegurado. Este aviso deberá enviarse al menos 30 días antes de la fecha de terminación.
DERECHO A RETRACTO
El Asegurado, según corresponda, tendrá la facultad de retractarse del seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, en el plazo de diez (10) días contados desde la contratación del seguro teniendo el derecho a la devolución de la prima que hubiere pagado, a no ser que el evento asociado al seguro ocurra durante este período de tiempo. Este derecho deberá manifestarse por escrito los canales de atención de MetLife y el pagó se realizará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la información por parte de la Compañía Aseguradora.
SINIESTROS
- Presentación y Tramitación de Siniestros.
Ocurrido el siniestro, donde el Asegurado se vea imposibilitado de hacer uso de sus boletos, entradas u otros, debido a las causales descritas en su póliza, el Asegurado deberá ingresar al WhatsApp especificado en el Anexo III para notificar el siniestro.
O bien, deberá ingresar su denuncia de siniestro en el formulario que se indica dentro del presente documento. En este formulario, deberá incluir los documentos requeridos para la liquidación.
El Asegurado tendrá 15 días contados desde la fecha del evento para enviar estos documentos y denuncia de siniestro completa.
b) Antecedentes Necesarios para la Tramitación del Siniestro.
Causal de Hospitalización por enfermedad o accidente:
- Formulario de denuncio de siniestros, (en el formulario se deben incluir los datos bancarios como N° de cuenta, tipo de cuenta bancaria y nombre del banco).
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- Informe médico que certifique la causa de hospitalización (en original).
- Certificado de hospitalización, emitido por el Centro Asistencial respectivo, firmado por la autoridad competente (Director Médico en original).
- Parte Policial (si aplica). f. Ficha Clínica / Radiografías (si aplica).
2. Causal de lesión que implique Fractura de Hueso:
- Formulario de denuncio de siniestros, (en el formulario se deben incluir los datos bancarios como N° de cuenta, tipo de cuenta bancaria y nombre del banco).
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- Informe del radiólogo y radiografías de diagnóstico (si aplica).
- Informe de médico tratante con fecha de diagnóstico y de primeros síntomas (si aplica).
- Hoja de atención de urgencia en centro asistencial (si aplica).
- Certificado de hospitalización, emitido por el Centro Asistencial respectivo, firmado por la autoridad competente (Director Médico en original).
- Parte Policial (si aplica).
- Ficha Clínica / Radiografías (si aplica).
Causal de Muerte accidental:
- Formulario de denuncio de siniestros, (en el formulario se deben incluir los datos bancarios como: N° de cuenta, tipo de cuenta bancaria y nombre del banco).
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- Certificado de Defunción
- Copia del parte policial con narración de los hechos.
- Hoja de atención de urgencia en un centro asistencial.
- Boleto, entrada u otros;
- Otros antecedentes tales como, informes, declaraciones, certificados o documentos, en especial los relativos al fallecimiento del Asegurado, destinados a probar la coexistencia de todas las circunstancias necesarias para establecer la responsabilidad de la Compañía Aseguradora.
Causal de cancelación de medio de transporte:
- Formulario de denuncio de siniestros, (en el formulario se deben incluir los datos bancarios como N° de cuenta, tipo de cuenta bancaria y nombre del banco).
- Fotocopia de Cédula de Identidad
- Pasaje que indique fecha de salida y arribo. d. Boleta de pasaje con fecha de compra. Comprobante de cancelación de pasaje emitido por compañía de transporte.
Causal de diagnóstico o tratamiento de las enfermedades o cirugías descritas en el Artículo 5:
- Formulario de denuncio de siniestros, (en el formulario se deben incluir los datos bancarios como: N° de cuenta, tipo de cuenta bancaria y nombre del banco).
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- Informe de médico tratante con fecha de diagnóstico y de primeros síntomas (si aplica) o informe médico que certifique la causa de hospitalización (en original).
- Exámenes médicos comprobatorios del diagnóstico de la enfermedad.
- Factura, detalle de factura o certificado de hospitalización, emitido por el Centro Asistencial respectivo, firmado por la autoridad competente (Director Médico en original).
- Parte Policial (si aplica).
- Ficha Clínica / Radiografías (si aplica).
Causal cuarentena por COVID:
- Formulario de denuncio de siniestros, (en el formulario se deben incluir los datos bancarios como: N° de cuenta, tipo de cuenta bancaria y nombre del banco).
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- Certificado médico o Certificados o documentos comprobatorios del cumplimiento de la causal emitido por un establecimiento hospitalario. Esto es todo establecimiento público o privado legalmente autorizado para el tratamiento médico de personas enfermas o lesionadas, que proporcionen asistencia de enfermeras las 24 horas y que cuenten con instalaciones y facilidades para efectuar diagnósticos e intervenciones quirúrgicas., en donde se especifique las fechas en las cuales deberá hacer efectiva la cuarentena.
- Certificado o documentos comprobatorios del cumplimiento de la causal emitido por un laboratorio médico, el cual es un establecimiento acreditado por el ministerio de salud de Chile para realizar exámenes médicos, que acredite que el asegurado padece de Covid19 dentro de un plazo de 5 días previos al evento o indique las fechas en las cuales deberá hacer efectiva la cuarentena.
- Certificado o documentos comprobatorios del cumplimiento de la causal emitido por un empleador o sistema previsional (licencia médica), en el cual se certifique que el empleado se encuentra en cuarentena preventiva, indicando las fechas en las cuales deberá hacer efectiva esta.
Licencia médica:
- Formulario de denuncio de siniestros, (en el formulario se deben incluir los datos bancarios como: N° de cuenta, tipo de cuenta bancaria y nombre del banco).
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- El asegurado deberá presentar un certificado médico, del familiar, acompañante o titular, el cual es un documento que certifica alguna enfermedad o patología en el que se encuentra una persona. Dicho certificado debe ser emitido por un médico que se encuentre inscrito en el Registro de Prestadores Individuales de Salud y en el mismo se reporta lo siguiente: Datos personales del paciente. El motivo de la solicitud.
Accidente de Tránsito o cancelación retraso del medio de transporte con destino a la ciudad del evento:
- Formulario de denuncio de siniestros, (en el formulario se deben incluir los datos bancarios como N° de cuenta, tipo de cuenta bancaria y nombre del banco).
- Fotocopia de Cédula de Identidad
- Pasaje que indique fecha de salida y arribo.
- Boleta de pasaje con fecha de compra.
- Copia del Parte Policial, cuando corresponda.
- Comprobante de cancelación de pasaje emitido por compañía de transporte.
9. Causal Inhabitabilidad del hogar:
- Formulario de denuncio de siniestros, (en el formulario se deben incluir los datos bancarios como N° de cuenta, tipo de cuenta bancaria y nombre del banco).
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- Copia de la denuncia policial emitida por Carabineros de Chile, la cual debe constar por escrito y contar con la fecha en que se realizó. La denuncia deberá realizarse tan pronto sea posible en un plazo máximo de 10 días corridos desde la ocurrencia del siniestro en la unidad más cercana al lugar donde sucedieron los hechos, salvo en caso de imposibilidad física grave, en cuyo caso y previa comprobación de este, el plazo se entenderá prorrogado por el plazo de 30 días.
- Copia del Parte Policial, cuando corresponda.
- Copia del informe emitido por Bomberos.
Causal Cesantía:
- Formulario de denuncio de siniestros, (en el formulario se deben incluir los datos bancarios como N° de cuenta, tipo de cuenta bancaria y nombre del banco).
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- La cesantía se debe comprobar con un finiquito de máximo 90 días de antigüedad. Para todas las causales, será necesaria la presentación por parte del Asegurado de un documento emitido por el médico tratante que acredite la imposibilidad de hacer uso de sus boletos, entradas u otros. Para hacer efectiva la cobertura se validará que el boleto, entrada u otro no haya sido utilizado. La Compañía se reserva el derecho de solicitar otros antecedentes adicionales, si así lo estimara conveniente, y que sean fundamentales para la correcta evaluación del siniestro. Se deja expresa constancia que los beneficiarios podrán prestar toda la ayuda necesaria para que la Compañía obtenga estos antecedentes y de esta forma, se tramite la liquidación en el más breve plazo posible.
C) Pago del siniestro:
En el caso de asegurado con nacionalidad extranjera, que no cuente con RUT nacional, podrá solicitar el pago de su reembolso a una cuenta nacional de un tercero, persona natural, a su expresa solicitud y responsabilidad.
En el caso de asegurados con nacionalidad extranjera que no cuente con RUT nacional y que no designe una cuenta bancaria nacional en pesos chilenos, Ticketmaster solicitará tramitar el pago de éste, a través de una plataforma de pagos internacional, la cual cobra una comisión por dicha transacción.
Para consultas, dudas o reclamos comunicarse directamente a MetLife Chile Seguros Generales S.A., a través de su canal de asistencia vía WhatsApp: Inicia un chat con MetLife.
Para denuncios de siniestros, comunicarse directamente a MetLife Chile Seguros Generales S.A., a través del siguiente formulario: Clic Aquí.